viernes, 14 de agosto de 2015

Resolución 2968 de 2015 Requisitos sanitarios para dispositivos ortopédicos

 


Resumen de la Resolución Número 2968 de 2015 del Ministerio de Salud y Protección Social

Consideraciones 

  • La resolución busca establecer requisitos sanitarios para establecimientos que elaboran y adaptan dispositivos médicos a la medida, de tecnología ortopédica externa, en Colombia. 
  • Se basa en el Decreto 4725 de 2005 y la Ley 1618 de 2013, que garantizan el acceso a la habilitación y rehabilitación para personas con discapacidad. 
  • Se identificaron dificultades en la implementación de la Resolución 1319 de 2010, lo que motivó la presente resolución. 

Disposiciones Generales 

  • La resolución define el objeto (requisitos sanitarios para establecimientos de dispositivos médicos a la medida) y el ámbito de aplicación (establecimientos nacionales, excluyendo productos de terapeutas ocupacionales). 
  • Se establecen definiciones clave como "adaptación," "alineamiento," "calidad," y "dispositivo médico sobre medida." 
  • Se definen términos relevantes para el sector, como "órtesis," "prótesis," "tecnología ortopédica externa," y acrónimos como EAPB e ISPO. 

Inscripción y Autorización 

  • Los establecimientos deben inscribirse ante el INVIMA, proporcionando información específica sobre el establecimiento y el personal. 
  • Se requiere una autorización de apertura y funcionamiento del INVIMA previa a la operación. 
  • Se establece un procedimiento para la autorización de nuevas áreas de producción. 

Requisitos Sanitarios 

  • Se detallan los requisitos higiénicos, locativos y de personal, incluyendo la formación y responsabilidades del director técnico y personal técnico. 
  • Se establecen requisitos de capacitación, saneamiento e higiene, mantenimiento y calibración de equipos, y especificaciones para las instalaciones. 
  • Se describe el manejo de materias primas, componentes e insumos, la documentación y archivo requerido, y requisitos adicionales para establecimientos con más de 10 empleados. 

Inspección, Vigilancia y Control 

  • Los establecimientos deben reportar eventos adversos al INVIMA. 
  • El INVIMA realizará visitas de inspección para verificar el cumplimiento de los requisitos. 
  • Se impondrán medidas sanitarias y sanciones por incumplimiento. 

Disposiciones Finales 

  • Se establecen normas transitorias para la solicitud de autorización de apertura y funcionamiento. 
  • Se fija una fecha límite (31 de enero de 2017) para obtener la autorización, con excepciones para el cumplimiento de algunos requisitos. 
  • La resolución deroga la Resolución 1319 de 2010.